Protección de la biodiversidad marina en áreas fuera de la jurisdicción nacional en el actual régimen internacional del Derecho del Mar.
La milla 201 y los recursos genéticos de los Fondos Marinos y Oceánicos
DOI:
https://doi.org/10.35305/cc.vi136.146Palavras-chave:
régimen internacional del Derecho del Mar, biodiversidad marina, áreas fuera de la jurisdicción nacional, CONVEMARResumo
La Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 (CONVEMAR) estableció un nuevo régimen internacional para los océanos determinando derechos y obligaciones de los Estados en las diversas zonas, la naturaleza jurídica y límites de dichos espacios, así como las reglas aplicables a la navegación, la exploración y explotación de los recursos naturales, las instalaciones, la preservación del medio marino, la investigación científica y la transferencia de tecnología. Sin embargo, y pese a su profundidad, presenta lagunas respecto a la conservación y protección de los océanos más allá de las zonas bajo jurisdicción nacional. El presente trabajo tiene como objetivo reflexionar en torno a la protección de la biodiversidad marina en
dichas áreas en el marco del régimen nacido con la CONVEMAR y sus acuerdos de implementación, considerando el proceso de negociación actual de un nuevo instrumento jurídico vinculante a tal fin. Enfocado el presente trabajo en la pesca y protección de especies a partir de la milla 201, y en la naturaleza jurídica de los recursos genéticos, se recurrió al análisis de instrumentos jurídicos parte de dicho régimen, así como de escritos de especializados investigadores en las áreas involucradas a los fines
de otorgar un marco conceptual al presente artículo.
Downloads
Publicado
Como Citar
Edição
Seção
Licença
Copyright (c) 2022 Autor
Este trabalho está licenciado sob uma licença Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International License.
Aquellos autores/as que tengan publicaciones con esta revista, aceptan los términos siguientes:
- Los autores/as conservarán sus derechos de autor y garantizarán a la revista el derecho de primera publicación de su obra, el cuál estará simultáneamente sujeto a la Licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual 4.0.
- Los autores/as podrán adoptar otros acuerdos de licencia no exclusiva de distribución de la versión de la obra publicada (p. ej.: depositarla en un archivo telemático institucional o publicarla en un volumen monográfico) siempre que se indique la publicación inicial en esta revista.
- Se permite y recomienda a los autores/as difundir su obra a través de Internet (p. ej.: en archivos telemáticos institucionales o en su página web) antes y durante el proceso de envío, lo cual puede producir intercambios interesantes y aumentar las citas de la obra publicada.