Cuadernos de Política Exterior Argentina (Nueva Época), 142, Julio-Diciembre 2025
ISSN 1852-7213 (edición en línea)
Occidentalización dogmática en política exterior y desnacionalización
estratégica en defensa nacional: el gobierno de Javier Milei en perspectiva
(2023-2025)
Luciano Anzelini
1
Resumen
El trabajo refiere a la política exterior del gobierno de Javier Milei como de “occidentalización
dogmática” y plantea que su política de defensa se encuadra en un proceso de “desnacionalización
estratégica”. Estas aproximaciones, cuando la administración libertaria se acerca a la mitad de su
mandato, constituyen rasgos de orden estructural sobre la forma de ver el mundo y de definir el
dispositivo defensivo-militar de la nación. Luego de la introducción, las siguientes dos secciones
presentan una semblanza de la prolífica serie de posicionamientos, anuncios, medidas ejecutivas o
iniciativas legislativas —desde diciembre de 2023 hasta mayo de 2025— que en materia de política
exterior y defensa nacional abonan el proyecto de “occidentalización dogmática” y “desnacionalización
estratégica” encarado por Milei. Esta enumeración procurará puntualizar, además, el modo en que la
política exterior —en su dimensión de seguridad internacional— ha contribuido al dislocamiento del
sistema defensivo-militar argentino y a la alteración del ordenamiento normativo y doctrinario
construido desde la recuperación de la democracia en 1983. Finalmente, se presentarán las conclusiones
tentativas y una serie de reflexiones sobre lo que cabe esperar, desde nuestra perspectiva, en caso de
profundizarse los procesos en curso de “occidentalización dogmática” y “desnacionalización
estratégica”.
Palabras clave: Occidentalización dogmática – Desnacionalización estratégica – Política Exterior –
Defensa Nacional – Javier Milei
Abstract
This paper describes the foreign policy of Javier Milei's government as one of "dogmatic
Westernization" and argues that its defense policy is framed within a process of "strategic
denationalization". These approaches, as the libertarian administration is close to completing half of its
term, constitute structural features in its way of viewing the world and designing the nation's defensive-
military apparatus. Following the introduction, the following two sections present a summary of the
prolific series of positions, announcements, executive measures, and legislative initiatives —from
December 2023 to May 2025— in foreign policy and national defense that support Milei's project of
"dogmatic Westernization" and "strategic denationalization." This enumeration will also attempt to
clarify how foreign policy —in its international security dimension— has contributed to the dislocation
of the Argentine military-defensive system and the alteration of the normative and doctrinal order
1
Universidad Torcuato Di Tella. E-mail: lanzelini@utdt.edu
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constructed since the restoration of democracy in 1983. Finally, tentative conclusions will be presented
on what to expect if the ongoing processes of "dogmatic Westernization" and "strategic
denationalization" deepen in the future.
Key words: Dogmatic Westernization – Strategic Denationalization – Foreign Policy – National
Defense – Javier Milei
TRABAJO RECIBIDO: 3/7/2025 TRABAJO ACEPTADO: 12/8/2025
Esta obra está bajo una licencia internacional https://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0/
Introducción
Hemos referido previamente a la política exterior del gobierno de Javier Milei como de
“occidentalización dogmática” (Anzelini, 2024b) y hemos planteado que su política de defensa
se encuadra en un proceso de “desnacionalización estratégica” (Anzelini, 2025b). Aquellas
aproximaciones fueron de orden preliminar, es decir, fueron desarrolladas cuando el gobierno
de La Libertad Avanza (LLA) no había cumplido todavía un año de gobierno. En el momento
actual, cuando la administración libertaria se acerca a la mitad de su mandato, es dable afirmar
que aquellos rasgos se han profundizado.
La presente investigación se propone, como objetivo general, exhibir que las categorías
de elaboración propia “occidentalización dogmática” y “desnacionalización estratégica”
constituyen, aplicadas al gobierno de Javier Milei, rasgos de orden estructural sobre la forma
de ver el mundo y de definir el dispositivo defensivo-militar de la nación. En consecuencia, el
trabajo combina herramientas conceptuales de las relaciones internacionales y de las relaciones
civiles-militares, a partir de las cuales se configura un marco argumental que fija proposiciones
a los efectos de recoger evidencia empírica que permita su ordenamiento e interpretación
(Sautu 2005, p. 61).
A lo largo del artículo nos sumergimos en las dos dimensiones referidas (la política
exterior y la de defensa nacional), poniendo el foco en una serie de medidas y/o propuestas de
gestión que abonan, a nuestro entender, la caracterización sugerida. Si bien enumeraremos por
separado los registros correspondientes a cada una de estas esferas de las políticas públicas,
cabe aclarar de entrada que concebimos como indisociables las definiciones que el gobierno ha
adoptado en materia internacional y defensivo-militar. Puesto de otro modo, consideramos que
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la “occidentalización dogmática” y la “desnacionalización estratégica” son el anverso y el
reverso de una misma moneda.
El concepto “occidentalización dogmática” es tributario de la literatura autonomista de
Juan Carlos Puig, en particular, del concepto “dependencia para-colonial”, una fase hasta ahora
desconocida en la historia de las relaciones exteriores argentinas, pero a la que el gobierno de
Javier Milei, paradojalmente, parecería aspirar con sus decisiones. Según Puig, en el estadio
para-colonial “el Estado posee formalmente un gobierno soberano, pero en realidad éste, y aun
los grupos que detentan el poder efectivo en la sociedad nacional, no constituyen otra cosa que
un apéndice del aparato gubernativo y de la estructura del poder real de otro Estado (la
metrópoli, la Potencia dominante, el centro imperial)”. Al respecto, añade Puig, “puede decirse
lícitamente que esta situación es de ‘paracolonialismo’ por cuanto, para todos los efectos, el
país en cuestión ingresa al circuito político-económico mundial en condiciones similares a las
de la colonia: sólo el hecho de contar con un gobierno formalmente soberano lo distingue de
ella” (Puig 1980, p. 149).
La “occidentalización dogmática” implica una política exterior que exhibe: a) una
subordinación irrestricta con lo que el presidente Milei define como las “fuerzas del bien”
fuerzas ubicadas en la derecha radical de los Estados Unidos, Israel y el Occidente no
geográfico en general—; b) una sobrecarga ideológica que lleva a actuar con rigidez y carencia
de capacidad crítica; c) una imprudencia antirrealista que conduce al espíritu de cruzada y a
anteponer el dogma al interés; d) un abandono de la propia región que contrasta con la postura
de todos los antecesores de Milei; y e) un desinterés general en los asuntos estratégicos de
orden global (no así en la participación en eventos de facción como las cumbres de extrema
derecha de la denominada “Internacional Reaccionaria”
2
), que ubican al Presidente —más allá
de pronunciamientos generales sobre un supuesto “Occidente en peligro”— como un líder
carente de narrativa sobre el orden global, el multilateralismo o los desafíos que plantea la
comunidad internacional (Anzelini, 2025b).
En cuanto al campo de las relaciones civiles-militares, el concepto “desnacionalización
estratégica” es la contracara del término “gobierno político de la defensa” (Anzelini y
Poczynok, 2014). Al respecto, cabe señalar que el encuadre teórico empleado en esta
investigación recoge la distinción analítica entre “política de defensa” y “política militar”
propuesta por Jorge Battaglino (2010). De la conjunción de la conducción efectiva de estas
políticas emerge el “gobierno político de la defensa”. Por el contrario, la defección en el
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El término es empleado, entre otros, por Juan Gabriel Tokatlian (2024).
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ejercicio de la conducción de sendas políticas conduce a la “desnacionalización estratégica”,
rasgo predominante del gobierno de Milei en materia defensivo-militar.
En este marco, la “desnacionalización estratégica” del gobierno de Milei supone una
política de defensa que procura: a) cumplir con el “mandato” de convertir a las Fuerzas
Armadas argentinas en una guardia constabularia con funciones antidrogas y antiterroristas, lo
que diferentes autores han caracterizado como Crime Fighters (Tokatlian, 2018) o Small Armed
Forces (Eissa, 2023); b) alterar de este modo el “consenso básico” (Sain, 2000) de separación
entre funciones militares y policiales, es decir, poner en discusión el andamiaje jurídico
compuesto por las leyes de Defensa Nacional (1988), Seguridad Interior (1992) e Inteligencia
Nacional (2001, reformada en 2015), contribuyendo así a la desprofesionalización castrense en
relación con su misión primaria y esencial que es la preparación para la guerra interestatal; y
c) subordinarse de modo irrestricto a la política de seguridad internacional de los Estados
Unidos en su puja global con la República Popular China, con efectos perniciosos respecto de
los propios intereses en materia de defensa nacional (por ejemplo, en el Atlántico Sur).
Con este telón conceptual de fondo, la administración Milei se posiciona como una
suerte de “caja de resonancia”, cuyas decisiones parecieran adoptarse en la Casa Blanca o en
el Pentágono e instrumentarse en Buenos Aires. En efecto, la administración libertaria realiza
esfuerzos denodados por complacer a Washington e insertarse en un mundo que, a nuestro
juicio, evanesció en los primeros años del siglo XXI. Puesto de otro modo, el gobierno intenta
colocarse imaginariamente en las diversas dimensiones —la del conflicto Este/Oeste, la del
unipolarismo estadounidense o la de una irrefrenable globalización financiera— de un orden
mundial perimido hace un cuarto de siglo. Hay quienes (Lejtman, 2004b), incluso, procuran
trazar similitudes entre la actual política exterior y la que Roberto Russell y Juan Gabriel
Tokatlian (2003, p. 46) denominaron de “aquiescencia pragmática” para referir a los gobiernos
de Carlos Menem (1989-1999). Aun en disidencia con aquellas premisas que orientaron la
inserción internacional de la Argentina en la década de 1990, sin dudas existían tras aquellas
posturas argumentos teóricos y un diseño de política mucho más sofisticados que el actual
(Anzelini, 2024d).
Desde el punto de vista metodológico, se emplea un diseño cualitativo ajustado al
método conocido como estudio de caso. En cuanto a las técnicas de recolección de la
información, el trabajo se apoya en el acceso a fuentes primarias (proyectos de ley, decretos
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presidenciales, resoluciones ministeriales, etc.) y secundarias; y en la realización de entrevistas
semi-estructuradas a informantes clave del campo militar y político-parlamentario.
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En las siguientes dos secciones, se presenta una semblanza de la prolífica serie de
posicionamientos, anuncios, medidas ejecutivas o iniciativas legislativas —desde diciembre de
2023 hasta mayo de 2025— que en materia de política exterior y defensa nacional abonan el
proyecto de “occidentalización dogmática” y “desnacionalización estratégica” encarado por
Milei. Esta enunciación procurará puntualizar, además, el modo en que la política exterior
en su dimensión de seguridad internacional— ha contribuido al dislocamiento del sistema
defensivo-militar argentino y a la alteración del ordenamiento normativo y doctrinario
construido desde la recuperación de la democracia en 1983. Finalmente, se presentarán las
conclusiones tentativas y una serie de reflexiones sobre lo que cabe esperar, desde nuestra
perspectiva, en caso de profundizarse los procesos en curso de “occidentalización dogmática”
y “desnacionalización estratégica”.
1. La política exterior en foco
Como registros de la “occidentalización dogmática”, en la presente sección se analizan:
i) la decisión de atar el destino nacional a una potencia global en relativo declive (los Estados
Unidos), sin advertir adecuadamente la envergadura de los cambios en curso en el sistema de
poder mundial; y ii) el abordaje ideologizado del vínculo con la República Popular China, en
un contexto global no hegemónico (Cox, 1994) y de doble dependencia de Washington y
Beijing en el plano regional (Hirst et al., 2024).
1.1. Subordinación a los Estados Unidos en un orden mundial “no hegemónico”
Tal como sostienen Hirst et al. (2024, p. 151) en referencia al impacto en América del
Sur de la puja global entre los Estados Unidos y China, asistimos a “una circunstancia inédita
y sui generis de doble dependencia de dos competidores estratégicos globales con paridades
relativas de poder, una situación que nunca se dio en el circuito triangular América Latina-
Estados Unidos-Europa Occidental”. En otras palabras, la situación de los Estados Unidos —
al margen de su progresiva declinación hegemónica global— continuará siendo la de un gran
poder con incidencia decisiva en la región, lo que no se corresponde con el ocaso que
3
Fueron entrevistados dos militares en actividad (con rango de coronel o equivalente) y dos asesores
parlamentarios de las Comisiones de Defensa Nacional y Relaciones Exteriores de la Honorable Cámara de
Diputados de la Nación. En todos los casos, prefirieron preservar el anonimato.
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experimentó la preponderancia británica en el contexto de la relación triangular con Estados
Unidos y la Argentina durante la primera mitad del siglo XX.
En cuanto al contexto global y a la actual relación triangular con Washington y Beijing,
la política exterior argentina se inscribe, siguiendo la clásica descripción de Robert W. Cox
(1994), en un “orden no hegemónico”. Es decir, un orden cuyos rasgos salientes son la
alteración de las reglas del juego, la retracción del libre comercio, el avance del proteccionismo
y la desestabilización de los balances estratégico-militares. Este orden no hegemónico refleja,
a su vez, una bipolaridad incipiente entre Washington y Beijing, con los Estados Unidos aún
predominando en el plano estratégico-militar, pero con una estructura económica que refleja el
traspaso del poder y la riqueza de Occidente a Oriente, con eje en China. Esta dinámica viene
generando, a su vez, externalidades en la región sudamericana, un área históricamente sujeta a
la influencia estadounidense pero que actualmente exhibe las características de una “periferia
penetrada” —el término pertenece a Roberto Russell (2021)— por la creciente incidencia
geopolítica de la República Popular China.
Algunas cifras exhiben lo que el párrafo previo procura sintetizar desde lo conceptual.
China ha consolidado el segundo presupuesto militar más alto del planeta. Al finalizar la Guerra
Fría, la República Popular representaba el 1% del gasto militar mundial frente al 44% de los
Estados Unidos. En 2024 esa brecha se redujo, con Washington alcanzando el 37 % frente al
12% de Beijing (SIPRI, 2025). En paralelo, la redistribución del poder en el campo económico
es una tendencia de fondo a nivel global, que ha superado su etapa embrionaria y se encuentra
en proceso de consolidación estructural. Al iniciarse la década de 1980, los Estados Unidos
multiplicaban por 12 las exportaciones chinas, mientras que dos décadas más tarde la situación
se revirtió: Beijing registra ventas externas por un valor de casi el doble de las norteamericanas.
Por su parte, las importaciones en ambos países registran variaciones de similar envergadura:
mientras en 1980 las importaciones estadounidenses representaban 13 veces las chinas, 20 años
después los volúmenes de importación de ambas naciones son semejantes. A su vez, la
evolución de las reservas es muy representativa del proceso de transición económica en curso:
mientras en 1980 China registraba un total (oro incluido) del 5% de las reservas
estadounidenses, un cuarto de siglo después las estadounidenses constituyen el 15% de las
chinas (Allison, 2015; Gobierno de la República Argentina, 2021).
La trascendencia de estas transformaciones en el orden global tiene su correlato en
nuestro país. Hoy China es el segundo socio comercial de la Argentina por detrás de Brasil. En
2023, la República Popular representó el 8% de las exportaciones argentinas (5.300 millones
de dólares) y el 20% de las importaciones (14.500 millones de dólares). En materia de
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inversiones, los acuerdos alcanzados con Beijing —antes de la asunción de Milei— englobaban
financiamiento por 14.000 millones de dólares bajo el mecanismo del Diálogo Estratégico para
la Cooperación y Coordinación Económica (DECCE) y un paquete adicional de 9.700 millones
de dólares en el marco de la adhesión argentina a la Iniciativa de la Franja y la Ruta (Anzelini,
2024a).
Ante un escenario de estas características (no hegemónico e incipientemente bipolar en
el plano global, y de doble dependencia de competidores con paridad relativa de poder en el
plano regional), el alineamiento dogmático con los Estados Unidos no pareciera la mejor
estrategia, a la vez que se configura como un límite para el despliegue de políticas
combinatorias de restricción y colaboración en el vínculo con estos dos grandes jugadores del
sistema internacional.
1.2. Dogmatismo en el vínculo con China
En 2023, durante la campaña electoral, comenzaron los daños infligidos por Milei a la
relación con China, los que se prolongaron —con mayor o menor intensidad—durante toda su
gestión. Una apretada síntesis del vínculo con Beijing se describe a continuación.
En agosto de 2023, en declaraciones a Bloomberg, el entonces candidato libertario afirmó
que no haría “pactos con comunistas”, y que rompería relaciones con los gobiernos de China y
Brasil, sus dos principales socios comerciales. En relación a Beijing, agregó: “la gente no es
libre, no puede hacer lo que quiere. Y cuando hacen lo que quieren, los matan” (Gilbert, 2023).
Una semana más tarde, tuvo lugar el acontecimiento político más trascendente respecto de la
relación con China de toda la administración Milei. Éste se produjo cuando el gobierno
renunció a sumarse al grupo de economías BRICS. Argentina tenía previsto incorporarse en
2024, tras haber sido promovida su candidatura por parte de Brasil y China. En una carta
enviada a fines de diciembre, Milei respaldó su decisión con el argumento de que los ejes de
su política exterior diferían de los del gobierno de su antecesor, Alberto Fernández (Deutsche
Welle, 2023).
Al iniciarse 2024, trascendió una supuesta reunión en la sede de Cancillería entre la
entonces ministra Mondino y la representante taiwanesa, Miao-hung Hsie. A pesar de que el
cónclave no fue oficialmente confirmado, el 9 de enero la cuenta oficial de X de la embajada
china en Argentina expresó: “Taiwán es una parte inalienable del territorio de China, y la
cuestión de Taiwán es completamente un asunto interno de China. La clave para mantener la
paz y la estabilidad en el estrecho es defender el principio de una sola China” (Rosemberg,
2024). De este modo, las versiones sobre los movimientos de la ex canciller Mondino
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generaron ruido ante el histórico posicionamiento argentino de defensa del “principio de una
sola China”, sostenido desde 1949; reconocido de forma pública en 2002; y ampliado en 2010
cuando, durante el primer gobierno de Cristina Fernández (2007-2011), se amplió el apoyo al
hacer referencia expresa no sólo al principio sino a la “política de una sola China” (Oviedo
2012).
En marzo de 2024, la firma china Gezhouba, que tenía a su cargo la construcción de dos
represas en Santa Cruz, paralizó las obras en disconformidad con la negativa de Milei a firmar
los contratos para la continuidad del proyecto. Se trataba de la obra de infraestructura más
importante de la República Popular fuera de su territorio, presupuestada inicialmente en 4.700
millones de dólares (Swissinfo, 2024).
En este marco, quienes diseñan la política de “occidentalización dogmática” de Milei
suelen referir al gobierno de Carlos Menem (1989-1999) como paradigma de su inserción
internacional (Lejtman, 2004b). Sin embargo, una lectura equivocada de los fundamentos
teóricos de aquella política exterior ha llevado, además de al referido alineamiento irrestricto
con los Estados Unidos, a un abordaje dogmático de la relación con China, extemporánea y de
controvertido sentido estratégico. Conviene recordar al propio Carlos Escudé, ideólogo del
“realismo periférico” que sustentó la política exterior de Menem (1989-1999), quien en 2011
señalaba:
“Estados Unidos se convirtió en la superpotencia dominante de un mundo bipolar en
1945 (…) En 1989, con el colapso de la Unión Soviética, pareció destinado a ser regente
y brújula del planeta. Pero los errores de toda índole cometidos desde el 11 de
septiembre de 2001, sumados al ascenso económico de China, cambiaron radicalmente
esa perspectiva (…) Nos encontramos en los umbrales de una nueva era histórica que
puede mejorar nuestra inserción mundial. La estrella estadounidense se eclipsa y la
potencia ascendente que ya ocupa el segundo puesto en la economía mundial es, como
sabemos, un país complementario del nuestro (…) Todos los indicadores apuntan a que
estamos frente a la mejor oportunidad que hayamos tenido desde la organización
nacional (…) Nada garantiza que nuestra relación con China llegue a ser tan fructífera
como lo fue nuestro vínculo con Gran Bretaña entre 1880 y 1914. Pero la perspectiva
existe y debemos sacarle el máximo provecho” (Escudé 2011, pp. 2-3).
Unos pocos datos recientes contribuyen a reunir la “evidencia” que respaldan las
presunciones que Escudé tenía hace una década y media. En primer lugar, cabe señalar que la
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Argentina encontró en China a un aliado fundamental durante la pandemia de Covid-19, en
tanto Beijing fue uno de los principales proveedores de vacunas y equipamiento médico a
nuestro país. Sólo en 2020, se adquirieron de China casi 1.500 toneladas de insumos médicos
para robustecer el sistema sanitario, a la vez que se obtuvieron 30 millones de dosis de la
vacuna Sinopharm, que contribuyeron a evitar que —a diferencia de otras naciones tanto
desarrolladas como subdesarrolladas— colapsara nuestro sistema de salud (Lewkowicz,
2021).
En febrero de 2022, la Argentina y China acordaron la adhesión de Buenos Aires a la
Iniciativa de La Franja y la Ruta, el programa de desarrollo de infraestructura global insignia
de la República Popular, que busca impulsar el comercio y nuevos lazos políticos y
económicos. La Argentina se convirtió en el país número 21 de América Latina y el Caribe en
unirse a la iniciativa china, que se lanzó en 2013 y llegó a la región en 2017 (Koop, 2022).
Adicionalmente, la República Popular tiene una creciente incidencia en el sector minero de
Argentina (Gobierno de la República Argentina, 2023b). De los 12 proyectos con capitales
chinos en el país, siete son de litio (Cauchari-Olaroz, Centenario Ratones, Laguna Verde,
Mariana, Pozuelos, Sal de los Ángeles y Tres Quebradas), dos de oro-plata (Suyai y Veladero),
uno de plata-cobre-plomo (La Providencia), uno de cobre-oro (La Ortiga) y uno de hierro
(Sierra Grande).
En energías renovables, China también es un actor central para la Argentina (Barneda,
2023). Sobre el final del gobierno del Frente de Todos (2019-2023), se estipulaba una cartera
de 20 proyectos en la materia, que se encararían con el financiamiento acordado en el Foro de
la Iniciativa para la Civilización Ecológica de Qinghai. Entre los proyectos más relevantes
financiados por Beijing, se encuentran los parques eólicos de Loma Blanca (Chubut) y Miramar
(Buenos Aires), operados por la firma Goldwind, y el proyecto Vientos del Secano (Buenos
Aires), por parte de Envision Energy. En energía solar, el proyecto más ambicioso es el parque
Cauchari en Jujuy (Shanghai Electric Power Construction) (Gobierno de la Provincia de Jujuy,
2023).
Otro acápite clave de la relación bilateral es el relativo a transporte (Gobierno de la
República Argentina, 2023a). Entre los proyectos más importantes está la rehabilitación del
ferrocarril Belgrano Cargas, a cargo de CMEC (China Machinery Engineering Corporation).
La compañía ya desembolsó cerca de 2.500 millones de dólares y mostró interés en financiar
la reactivación del Tren Norpatagónico, que permitiría conectar Vaca Muerta con el puerto de
Bahía Blanca.
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En definitiva, ante un escenario global de las características descritas —no hegemónico e
incipientemente bipolar en el plano global, y de doble dependencia de Washington y Beijing
en el plano regional—, sería deseable que la Argentina recalibre la relación con China,
seriamente deteriorada por la política exterior del gobierno de LLA.
2. La política de defensa en foco
Como registros de la “desnacionalización estratégica”, en la presente sección se
abordan aspectos de la política de defensa de directa relación con la política exterior; y de
indudable impacto en el plano doctrinario y estratégico-militar: i) el ingreso de la Argentina al
Grupo de Contacto de Defensa de Ucrania (Grupo Ramstein) y la solicitud de convertirse en
socio global de la OTAN; ii) la subordinación a los lineamientos y prioridades que fija el
Comando Sur en el marco de la disputa global entre los Estados Unidos y China; y iii) el
proyecto de reforma a la Ley de Seguridad Interior N° 24.059 enviado por el Ejecutivo.
2.1. Grupo Ramstein, socios globales de la OTAN y giro en la relación con Zelensky
En junio de 2024 se conoció, a través del periodista Román Lejtman (2024a), un plan
de los ministros Diana Mondino y Luis Petri para respaldar el esfuerzo bélico de Ucrania contra
Rusia. La intención original del gobierno era enviar a Volodímir Zelensky cinco aviones Super
Etendard que se encuentran inutilizados, por el embargo que aplica Gran Bretaña como
consecuencia de la guerra del Atlántico Sur (1982). Los cazabombarderos de origen francés,
adquiridos por el gobierno de Mauricio Macri en 2019, se encuentran fuera de servicio en la
base Espora por la imposibilidad de adquirir elementos críticos para la eyección del asiento del
piloto en caso de emergencia.
4
Dos as después de esta revelación, el ministro de Defensa, Luis Petri, anunciaba el
ingreso de la Argentina al Grupo de Contacto de Defensa de Ucrania (Grupo Ramstein) y
agradecía la bienvenida del secretario de Defensa estadounidense, Lloyd Austin, y del ministro
de Defensa ucraniano, Rustem Umiérov (Anzelini, 2024c; López, 2024). Según detalla
Rosendo Fraga (2024): “El Grupo Ramstein coordina, a nivel de los ministros de Defensa de
4
Semejante negligencia en la compra se encuentra documentada en un informe de auditoría de la SIGEN, que
sostiene: “Se detectó que cinco aeronaves Súper Étendard Modernisé (SEM), adquiridas mediante un convenio
con el gobierno de la República de Francia, por las que se pagaron €13.896.255, no se encontraban en condiciones
de volar al momento de la auditoría, situación que representó un significativo desvío en cuanto a los plazos
estimados, con la consiguiente falta de disponibilidad de las aeronaves para cubrir los servicios para los cuales
fueron adquiridas. La falta de insumos esenciales para su funcionamiento había sido advertida con anterioridad a
la compra” (SIGEN, 2022). Por su parte, Lejtman (2024a) afirma al respecto: “Macri los adquirió sabiendo que
se quedarían en tierra: Londres jamás concedería la autorización para activar esas naves”.
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la OTAN y sus aliados, las acciones concretas para apoyar militarmente a Ucrania en la guerra
con Rusia”. Lo integraron inicialmente los 30 países de la OTAN más Finlandia y Suecia,
naciones que posteriormente se sumaron a la alianza atlántica. El grupo cuenta actualmente
con 57 miembros. De Latinoamérica, sólo Colombia —único país de la región que es “socio
global” de la OTAN— estuvo en las primeras reuniones, pero su participación fue suspendida
tras el triunfo electoral del actual presidente Gustavo Petro en 2022.
La decisión de sumarse a Ramstein se concretó en un momento controversial. Desde
abril de 2024, la OTAN —según Fraga— pretendía quitarle a Washington el control de la
entrega de armas a Ucrania, frente al temor de que Donald Trump ganara —como finalmente
sucedió— las elecciones presidenciales en noviembre y suspendiera la asistencia militar. Por
otra parte, el compromiso argentino con el grupo, en un escenario geopolítico en donde nuestro
país no tiene ningún interés vital en juego, se daba en un contexto de avance de la ofensiva
rusa, cuyas fuerzas se proyectaban decisivamente sobre Járkov, la segunda ciudad de Ucrania.
El particular “compromiso” de Milei con la paz, anudado paradojalmente a través de un
grupo de asistencia militar, se completó el 15 de junio con su participación en la denominada
Cumbre Global por la Paz en Bürgenstock (Suiza), donde el presidente libertario mantuvo una
bilateral con Zelensky. Esta devaluada cumbre —que a diferencia de las históricas conferencias
de paz en que las partes en conflicto convergen para poner fin a las hostilidades— tuvo la
particularidad de que Rusia no fue invitada. Asimismo, en otro dato relevante, cabe señalar que
entre los países que no suscribieron la declaración final se contaron Brasil, India y Sudáfrica,
que junto a Rusia y China conforman el grupo BRICS. Tampoco lo hizo México, nación de
histórico compromiso diplomático con la paz mundial.
Sin embargo, desde entonces, el posicionamiento argentino en torno a Ucrania sufrió
los cambios que el alineamiento automático con Washington le impuso en el marco de la
“occidentalización dogmática”. La aparentemente inmejorable relación entre Milei y
Zelensky —que tuvo momentos estelares como la asistencia del ucraniano a la asunción del
presidente libertario en diciembre de 2023 o el interminable abrazo entre ambos a fines de
enero de 2025 durante el Foro Económico Mundial en Davos, Suiza— sufrió un abrupto punto
de inflexión en febrero de 2025. Ello sucedió cuando la Argentina optó por abstenerse en una
resolución de la ONU que condenaba la invasión rusa y solicitaba la retirada inmediata de las
tropas del Kremlin del territorio ucraniano (Anzelini, 2025c).
Este radical cambio de comportamiento de la política exterior argentina se halla
inextricablemente ligado a la subordinación a Washington y al seguidismo del gobierno
libertario a toda postura de la Casa Blanca. En efecto, a fines de febrero de 2025, el flamante
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presidente estadounidense, Donald Trump, sostuvo una reunión en Washington con Zelensky,
que culminó en un enfrentamiento público y sin la firma del convenio previsto sobre
explotación conjunta de minerales estratégicos ucranianos. El encuentro entre los mandatarios,
que inicialmente buscaba fortalecer la cooperación bilateral, se enturbió cuando Trump y su
vicepresidente, James D. Vance, reprocharon a Zelensky su “falta de gratitud” por el apoyo
estadounidense durante la guerra ruso-ucraniana. Trump incluso acusó a Zelensky de “jugar
con la Tercera Guerra Mundial” y de carecer de una estrategia para negociar con el presidente
ruso, Vladimir Putin. Pocos días después, Washington suspendió temporalmente la ayuda
militar y el intercambio de inteligencia con Ucrania, planteando la necesidad de recalibrar el
compromiso de Zelensky con las negociaciones de paz.
5
En síntesis, el sinuoso camino que va del ingreso al Grupo Ramstein y la solicitud de
incorporación como socio global a la OTAN a la abstención en la ONU a la hora de condenar
la invasión rusa a Ucrania sólo se explica por el criterio estructurante de la occidentalización
dogmática y la irrestricta subordinación a Washington, independientemente de las
contradicciones que ello conlleve para la política exterior argentina.
2.2. El creciente papel del Comando Sur
El proceso de “occidentalización dogmática” y de alineamiento automático a
Washington adquiere, en la actualidad, una particularidad que lo diferencia de etapas previas
de aquiescencia. Se trata de la centralidad que detenta el actor militar —en este caso, el
Comando Sur de los Estados Unidos— y del relativo retroceso de los clásicos articuladores de
la diplomacia estadounidense. Como precisó Juan Gabriel Tokatlian: “Los periplos desde 2006
de los sucesivos comandantes (Stavridis, Fraser, Kelly, Tidd, Faller y Richardson) a los países
de la región superan con creces al conjunto de las visitas de Presidentes, Vicepresidentes,
secretarios de Estado, Comercio, Energía y Defensa, consejeros de Seguridad Nacional y
subsecretarios de asuntos hemisféricos” (Tokatlian, 2025).
En este marco, el actual predominio del Comando Sur como instancia de interlocución
regional ha contribuido notablemente a la reformulación de la política hemisférica de
Washington, en la que se destaca, a su vez, una revalorización de la geopolítica marítima. Entre
los factores contribuyentes al empoderamiento del Comando Sur y al papel creciente de las
instancias navales en la proyección de poder de Washington, cabe mencionar: i) el fracaso del
5
Posteriormente, en marzo de 2025, se acordó reanudar la ayuda militar a Ucrania tras conversaciones en Yeda,
Arabia Saudita, donde Washington y Kiev alcanzaron un acuerdo para desarrollar conjuntamente los minerales
estratégicos de Ucrania; y desplegar actividades de ayuda humanitaria durante un eventual alto al fuego.
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ALCA en 2005, que derivó en un menor peso relativo del Departamento de Estado y del de
Comercio en los asuntos hemisféricos y en un rol protagónico para el Pentágono y el Consejo
de Seguridad Nacional; ii) la llegada a la comandancia por primera vez de un hombre de la
Armada, el almirante James Stavridis (2006-09) y el inmediato restablecimiento de la IV Flota,
que había sido desactivada en 1950; y iii) la identificación de la República Popular China como
un “actor maligno” en la región, visualizada como el mayor peligro desde 2009 hasta la
actualidad (Tokatlian, 2025).
En este contexto, más que concentrarse en las declaraciones de rigor que suelen acompañar
las visitas oficiales de los jefes del Comando Sur —como la de la generala Laura Richardson
en abril de 2024 y la del almirante Alvin Holsey en abril de 2025—, conviene detenerse en lo
relevante: lo que los responsables de ese Comando sostienen cuando rinden cuentas ante el
Comité de Servicios Armados del Senado de los Estados Unidos (Anzelini, 2025a). La última
de dichas comparecencias fue la de Holsey el 13 de febrero de 2025 (Comando Sur de los
Estados Unidos, 2025). Tanto en su alocución como en su informe escrito, el aviador naval con
asiento en Miami dejó muy en claro que su preocupación central es la penetración china en
América Latina y que la Argentina viene haciendo “lo esperado” en el marco de la disputa
global entre Washington y Beijing. Como veremos, los aspectos centrales de la exposición de
Holsey resultan esclarecedores respecto del proceso en curso de “occidentalización dogmática”
de la política exterior argentina y de “desnacionalización estratégica” de su política de
defensa:
“Mientras Estados Unidos ha estado mirando el Lejano Oriente, China está arando
terreno fértil en nuestro sur. La región alberga abundantes recursos naturales,
incluyendo el 20% de las reservas mundiales de petróleo, el 25% de sus metales
estratégicos, el 30% de su superficie forestal, el 31% de sus zonas pesqueras y el 32%
de sus recursos renovables de agua dulce (…) China ha utilizado su Iniciativa de la
Franja y la Ruta para convertirse en el principal socio comercial de Sudamérica y el
segundo de Centroamérica y el Caribe. Una estrategia audaz rige su comercio más allá
de las materias primas y los productos sicos para incluir la infraestructura tradicional
(carreteras, puentes, puertos) y la ‘nueva infraestructura’: vehículos eléctricos,
telecomunicaciones y energías renovables (…) Entre 2000 y 2018, China invirtió
73.000 millones de dólares en los mercados de América Latina y el Caribe (…)
acumulando una influencia que deja a Estados Unidos y a nuestros socios vulnerables
a la agenda maligna de Beijing (…) El 50% de las reservas mundiales de litio se
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encuentran en la Argentina, Bolivia y Chile (…) El año pasado, nuestra asistencia
desempeñó un papel fundamental en la adquisición argentina de 24 aviones F-16 a
Dinamarca, con la aprobación de un paquete de mantenimiento de 941 millones de
dólares por parte de Estados Unidos. Esta inversión (…) resultó esencial para evitar que
China se integrara aún más en el aparato militar de un socio clave (…) La Argentina
está trabajando para establecer un centro regional de intercambio de información y
cooperación para combatir las drogas”.
Con este trasfondo, Holsey arribó a la Argentina con una serie de objetivos claros en el
marco de su disputa con Beijing: ultimar detalles con vistas a la instalación en Ushuaia de una
base naval integrada (Verbitsky, 2025); presionar para que se fije allí un punto de
abastecimiento y funcionamiento para submarinos nucleares estadounidenses (Agenda
Malvinas, 2025); impulsar la creación de un centro logístico con proyección antártica; y allanar
el camino para los negocios del litio y el 5G (Genoud, 2025). Una agenda similar había
desplegado su antecesora, Laura Richardson, cuando en la madrugada del 4 de abril del año
pasado le impuso a Milei que quitara cualquier respaldo a la construcción de un puerto
multipropósito en Río Grande con capitales chinos (D’Eramo, 2024); que dejara a empresas de
ese país fuera de la competencia por la privatización de la Hidrovía (Spaltro, 2024); que
cancelara el proyecto Atucha III, que también contaba con financiamiento de Beijing (Política
Argentina, 2024); y que frenara la construcción del reactor Carem, un hito en la historia del
desarrollo nuclear argentino (Glezer, 2024).
Las posturas de los sucesivos jefes del Comando Sur resultan absolutamente lógicas, toda
vez que defienden los intereses estratégicos de los Estados Unidos, al procurar asegurarse el
control del Atlántico Sur y su proyección antártica por dos vías: granjeándose la total
aquiescencia del gobierno de Milei; y policializando y desprofesionalizando a las Fuerzas
Armadas argentinas. En este sentido, vale señalar que el objetivo de policializar y
desprofesionalizar a las Fuerzas Armadas de los países latinoamericanos –vía la conversión de
los militares en Guardias Nacionales– no es algo novedoso ni se remonta exclusivamente a la
vigencia de la Doctrina de Seguridad Nacional (DSN) de los años de la Guerra Fría (1947-
1991). Por el contrario, ya desde fines del siglo XIX fue una práctica habitual de las Fuerzas
Armadas estadounidenses, las que al identificar un área estratégica –por ejemplo, la cuenca del
Caribe– operaron convirtiendo a las fuerzas militares de los países centroamericanos y
caribeños en Guardias Nacionales de ocupación territorial. Esa división de tareas –Washington
asumiendo la defensa externa de la cuenca y las guardias constabularias adoptando funciones
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policiales y de gendarmería– es la misma que se replica hoy en día en América del Sur
utilizando como excusas la lucha contra el narcotráfico y el terrorismo (Anzelini, 2025a). Lo
que no resulta razonable, por supuesto, es la automática seducción que eso genera en los
funcionarios de Defensa argentinos, que además de desprofesionalizar vía policialización a las
Fuerzas Armadas, pierden de vista el escenario estratégico del Atlántico Sur –con todo lo que
eso significa para una región que se destaca por la presencia de una base militar británica
desplegada en Malvinas–, sus recursos geoestratégicos y su proyección antártica.
En este marco, vale recordar que la Argentina fue el único Estado latinoamericano que
durante el siglo XX enfrentó a una gran potencia con capacidad nuclear en una guerra
convencional. El conflicto del Atlántico Sur exhibió hasta qué punto la desprofesionalización
castrense, resultante de la politización de los organismos militares desde 1930 sumada a la
desnaturalización del rol principal de las Fuerzas Armadas desde mediados de los años ‘50
como consecuencia de la denominada guerra “antisubversiva”, condujo al fracaso en lo que
hace al núcleo duro de la actividad militar. Por lo tanto, interpretar la vigencia del actual
entramado normativo –que distingue taxativamente defensa externa de seguridad interior–
como resultado de la acción de una dirigencia política atada a supuestas anteojeras ideológicas,
o bien como la secuela de una apreciación estratégica demodé incapaz de captar las
transformaciones del actual escenario de seguridad global (Tello y Spota, 2015), expresa una
llamativa desatención de las enseñanzas de la guerra, quintaesencia de la profesión militar
(Anzelini, 2017).
Puesto de otro modo, el instrumento militar de la nación es una estructura burocrático-
profesional que se adiestra para la eventualidad de una guerra en tiempos de paz. Cualquier
misión subsidiaria –por ejemplo, la contribución al sistema de seguridad interior en
excepcionalísimas circunstancias– debe ser atendida con capacidades remanentes o de uso
dual, y no debe atentar contra la misión primaria y esencial que es la preparación para la guerra
(Anzelini, 2017). Semejante intríngulis no debe ser resuelto por los comandantes del Comando
Sur, que se ocupan naturalmente de velar por sus intereses. La responsabilidad corre por cuenta
de los funcionarios argentinos que parecen desconocer, a un tiempo, las enseñanzas de la
Guerra del Atlántico Sur (1982) y la pervivencia de los conflictos militares convencionales
como demuestran, entre otros casos, la guerra ruso-ucraniana (2022) o el enfrentamiento de
principios de mayo de 2025 entre India y Pakistán, la escalada más grave entre esos dos países
en décadas.
2.3. Narcoterrorismo y proyecto de reforma de la Ley de Seguridad Interior
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El 11 de marzo de 2024, a poco de andar el gobierno libertario, la ministra de Seguridad,
Patricia Bullrich, afirmó que no iba “a dejar que Rosario sea una tierra de narcoterroristas”
(Carlesso, 2024). Días más tarde, su par de Defensa, Luis Petri, en una conferencia de prensa
donde se estaba informando sobre la situación del narcotráfico, señaló que enviaría un proyecto
de ley para ampliar el accionar de las Fuerzas Armadas en seguridad interior “en un supuesto
muy particular que es el terrorismo”; y que “está definido en el Código Penal como todas
aquellas acciones y delitos que están destinados a aterrorizar a la población” (Ministerio de
Defensa, 2024).
El 2 de agosto, el espíritu de aquellas declaraciones se materializó en el proyecto de ley
MEN-2024-52-APN-PTE, enviado por el Poder Ejecutivo Nacional, con el propósito de
modificar la ley 24.059 de Seguridad Interior. El objetivo del gobierno es, bajo el paraguas del
terrorismo, involucrar a las Fuerzas Armadas en la lucha contra el narcotráfico siguiendo las
directrices de los Estados Unidos; e instrumentar a través de los militares el policiamiento
urbano y la represión del conflicto social (Anzelini y Eissa, 2024b).
La ley 24.059 de Seguridad Interior, actualmente vigente, prevé tres situaciones en las que
el Sistema de Defensa puede actuar internamente:
El artículo 27 sostiene que el “Ministerio de Defensa dispondrá —en caso de
requerimiento del Comité de Crisis— que las Fuerzas Armadas apoyen las operaciones
de seguridad interior mediante la afectación […] de sus servicios de arsenales,
intendencia, sanidad, veterinaria, construcciones y transporte, así como de elementos
de ingenieros y comunicaciones”.
El artículo 28 establece que “todo atentado en tiempo de paz a la jurisdicción militar,
independientemente de poner en forma primordial en peligro la aptitud defensiva de la
Nación, constituye asimismo una vulneración a la seguridad interior”. El artículo 29,
por su parte, afirma que es “una obligación primaria de la autoridad militar la
preservación de la fuerza armada y el restablecimiento del orden dentro de la aludida
jurisdicción”. En caso de que se produjeran hechos de esta envergadura, el artículo 30
ordena que los Consejos de Defensa Nacional y Seguridad Interior deberán establecer
“la adecuada coordinación del apoyo que las fuerzas de seguridad y policiales pueden
brindar en esas circunstancias en lo atinente a la preservación del orden en el ámbito
territorial militar”.
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Los artículos 31 y 32 se abocan a los casos excepcionales en que el Sistema de
Seguridad Interior “resulte insuficiente a criterio del Presidente” para garantizar la
seguridad interior; y establece que se podrán desplegar tropas de combate de las Fuerzas
Armadas para restablecer la misma, previa declaración del estado de sitio (una facultad
que compete al Congreso, salvo que el mismo se encuentre en receso).
Según se aprecia, la propuesta enviada por el gobierno procura desmontar el denominado
“consenso básico” de la democracia argentina, erigido a través de las leyes 23.554 (1988) de
Defensa Nacional, 24.059 (1992) de Seguridad Interior y 25.520 (2001) y su modificatoria
27.126 (2015) de Inteligencia Nacional. Al respecto, resulta importante estudiar con
detenimiento los considerandos del proyecto porque no sólo reiteran viejos argumentos, sino
que ignoran hechos objetivos sobre la problemática en cuestión.
En primer lugar, el Poder Ejecutivo argumenta estar proponiendo “una alternativa
intermedia […] para que las FF.AA. actúen en caso de acciones terroristas que tengan por fin
aterrorizar a la población, sin necesidad de llegar a utilizar un remedio extremo, como es la
declaración del estado de sitio”. Ya existen en la Argentina —con los casos de la
Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval—, como sucede en otras partes del mundo
fundamentalmente a través de la figura de las Guardias Nacionales—, instituciones que
proporcionan alternativas intermedias. En Estados Unidos, espejo en el que se reflejan los
funcionarios argentinos de Seguridad y Defensa, problemáticas como el terrorismo son
abordadas fronteras adentro por Homeland Security y la comunidad de inteligencia, dado que
la Ley de Defensa de ese país, conocida como Posse Comitatus Act de 1878, le prohíbe a sus
Fuerzas Armadas intervenir en seguridad interior. Sin embargo, paradojalmente, los
funcionarios argentinos que plantean las modificaciones normativas argumentan que nuestras
leyes, similares a las norteamericanas, son anacrónicas porque fueron sancionadas en las
postrimerías del siglo XX, cuando todavía estaba “caliente” la Guerra Fría (Anzelini y Eissa,
2024a).
En segundo término, cabe señalar que la Argentina cuenta con fuerzas federales —además
de la Gendarmería y la Prefectura, el país dispone de la Policía Federal y la Policía de Seguridad
Aeroportuaria— para prevenir, conjurar, reprimir, contribuir en la investigación y realizar
inteligencia criminal sobre delitos complejos como el narcotráfico y el terrorismo. Ello hace
que sea una de las naciones del continente con mayor cantidad de uniformados per cápita.
Según el Observatorio Interamericano de Seguridad de la OEA, se encuentra casi al tope de la
región con 802 policías cada 100.000 habitantes, sólo por detrás de San Vicente y las
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Granadinas (977), Saint Kitts y Nevis (917), Uruguay (894) y Grenada (838), todos países con
poblaciones mucho menores (OEA, 2025).
En segundo lugar, el gobierno sostiene —a nuestro juicio erróneamente— que el derogado
decreto reglamentario 727/2006 desvirtuó el “espíritu” de la Ley de Defensa Nacional. Es
importante recordar, por ejemplo, las palabras de los legisladores informantes de la Unión
Cívica Radical (UCR) al momento de sanción de la ley. Entre ellos, el ex senador nacional
(UCR-La Pampa), Antonio Berhongaray, sostenía que debía entenderse como agresión
exterior:
“[Un] ataque de las Fuerzas Armadas de un Estado contra el territorio de otro Estado;
el bombardeo de las Fuerzas Armadas terrestres, navales o aéreas contra el territorio de
otro Estado, o el empleo de cualquier arma por un Estado contra el territorio de otro
Estado; el bloqueo de los puertos y de las costas de un Estado por las Fuerzas Armadas
de otro; el ataque de las Fuerzas Armadas de un Estado contra las Fuerzas Armadas
terrestres, navales o aéreas de otro Estado” (Berhongaray, citado en Anzelini y Eissa,
2024a).
Nada muy diferente a lo prescrito por la Posse Comitatus Act de los Estados Unidos de
1878. Por su parte, el ex diputado nacional (UCR-Buenos Aires), Balbino Zubirí, sostenía que
había que descartar que:
“Los fusiles apuntaran para adentro (…) se trata (…) de erradicar la Doctrina de
Seguridad Nacional (…) ¿Cómo se combate (…) el terrorismo en otras latitudes, en
otros pueblos? ¿Cómo combate Francia la Acción Directa? ¿Cómo combate España al
ETA? ¿Cómo combate Italia a las Brigadas Rojas? ¿Cómo combate Alemania a los
grupos de Baader-Meinhoff? (…) con fuerzas de seguridad especialmente adiestradas,
posibilidad que aquí habrá que contemplar cuando tratemos la futura ley (…) de
seguridad interior. Pero se trata siempre de fuerzas de seguridad: Carabineros,
Gendarmería, Guardia Civil (…) no se trata nunca de las Fuerzas Armadas en
operaciones. No descarto la posibilidad de su intervención en un caso extremo. Lo que
descarto es la inclusión de esta posibilidad en el texto de la ley, porque podría ocurrir
que algún desaprensivo (…) se valiese de esta posibilidad (…) para hacernos volver a
los planes CONINTES interpretando que una protesta obrera, por ejemplo, es un
conflicto interno” (Zubirí, citado en Anzelini y Eissa, 2024a).
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En definitiva, queda claro que el decreto 727/2006 conservó el espíritu de los
legisladores al redactar las leyes de Defensa Nacional y Seguridad Interior.
En tercer lugar, el terrorismo es una amenaza preocupante en diferentes lugares del
mundo. Sin embargo, los propios Estados Unidos sostienen en sus últimos documentos de
inteligencia que no existe una amenaza terrorista concreta en América del Sur. La información
que elaboraron, respectivamente, la Agencia de Inteligencia de Defensa (2024) y la Oficina del
Director de Inteligencia Nacional (2024), no identifica a la región como un área principal del
terrorismo transnacional ni tampoco menciona a nuestro país en relación con el tema. Ello
coincide con la apreciación de la Estrategia de Defensa Nacional 2018 del Pentágono, que
asevera que “la competencia estratégica interestatal, no el terrorismo, es ahora la principal
preocupación de seguridad nacional de Estados Unidos” (Departamento de Defensa de los
Estados Unidos, 2018). En línea con ello, el Ejército de ese país anunció en 2020 que pondría
fin a dos unidades claves de la “guerra contra el terrorismo”: el Grupo de Guerra Asimétrica y
la Fuerza de Equipamiento Rápido (Gobierno de la República Argentina, 2021). Asimismo, la
EDN 2018 —que rele como prioridad al quinto lugar al terrorismo— no menciona al
narcotráfico como en ediciones previas; y como antes de los atentados del 11-S, ubica como
principales amenazas a China, Rusia, Irán y Corea del Norte. A diferencia del proyecto del
gobierno argentino, Estados Unidos hace que sus Fuerzas Armadas pongan el foco en las
amenazas estatales.
En cuarto lugar, el mensaje señala —a nuestro juicio erróneamente— que las Fuerzas
Armadas tienen “capacidad de realizar operaciones de seguridad”. Salvo para efectuar tareas
contribuyentes a la seguridad interior como la interdicción del espacio aéreo y marítimo a
través de los Comandos Operacionales, lo central es que el adiestramiento de las Fuerzas
Armadas está orientado a que los militares sean letales en el uso de la fuerza; es decir, no están
preparados para hacer un uso gradual y diferenciado de la misma. Los propios militares
argentinos sostienen que “nuestro personal no está formado y capacitado para tareas de
seguridad. Las Fuerzas Armadas no reprimen delitos: combaten oponentes en un conflicto, bajo
leyes de la guerra” (De Vedia, 2024). En efecto, se requiere ante todo capacidad de inteligencia
criminal y expertise en materia de asistencia a jueces y fiscales para desarticular estructuras
delictivas. Ningún programa de estudio de las Fuerzas Armadas contempla estas cuestiones, lo
que demuestra la total desvinculación entre la formación de quienes se preparan para la guerra
y la de quienes luchan contra la criminalidad.
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En su articulado, la propuesta del Poder Ejecutivo establece que: i) se modifica el artículo
13 de la Ley de Seguridad Interior, de manera tal que el ministro de Defensa y el Estado Mayor
Conjunto de las Fuerzas Armadas se integren al Comité de Crisis, no sólo cuando se materialice
el supuesto previsto en los artículos 31 y 32 (desborde del sistema de seguridad interior previa
declaración del Estado de sitio), sino también en los casos de apoyo logístico establecidos en
el artículo 27; y ii) se amplía lo dispuesto en el artículo 27, al fijarse que: “En caso de producirse
un hecho que tenga por finalidad aterrorizar a la población y origen a una investigación
penal en el marco del artículo 41 quinquies del Código Penal-Ley 11.179, el Comité de Crisis
podrá ampliar el requerimiento al Ministerio de Defensa para que las FF.AA realicen: a)
patrullaje; b) control de personas y vehículos; c) operaciones de control en puestos fijos o
móviles; d) control y vigilancia de instalaciones inmuebles; e) aprehensión en flagrancia”. En
estos supuestos, el uso de la fuerza se regirá —afirma el proyecto— en los mismos términos
vigentes para las Fuerzas de Seguridad, quedando expresamente habilitados los militares para
la realización de operaciones de seguridad. El proyecto indica que “las f deberán contar con la
capacitación técnico legal […] para intervenir en las acciones previstas en el presente artículo,
como así también el equipamiento deberá ajustarse a las necesidades operativas de la
misión”.
Al respecto, cabe señalar que el proyecto, en primer lugar, no define qué se entenderá por
terrorismo y quién será el responsable de calificar a cualquier hecho del Código Penal como
terrorista en los términos del artículo 41 quinquies de dicha norma, que fue introducido por la
ley 26.734 y cuya redacción es sumamente laxa. En segundo lugar, el gobierno entiende que
para combatir al terrorismo las Fuerzas Armadas deben realizar tareas de policiamiento
(patrullaje, requisas, etcétera). Esto pareciera inconducente, en tanto al terrorismo no se lo
combate con policías callejeros sino con un Sistema de Inteligencia Nacional (SIN)
profesionalizado, cuyo objeto no sean periodistas u opositores (Alconada Mon, 2025), los
propios funcionarios del oficialismo (Morini, 2024) o familiares de militares caídos en
cumplimiento del deber como sucedió con los deudos de los tripulantes del submarino ARA
San Juan (CELS, 2023). Para ello, resulta necesario fortalecer al SIN a través de un debate
democrático en el Congreso, como sucedió en 2001 y 2015, y no modificarlo a través de un
DNU como ocurrió con el Decreto 614/2024. En tercer término, el proyecto buscar eximir
fallidamente a los militares de las responsabilidades establecidas en el artículo 34 del Código
Penal. En efecto, el gobierno no ha contemplado que el artículo 184 de dicho código sólo le
otorga el poder de policía a las fuerzas policiales y de seguridad. En consecuencia, de prosperar
el proyecto del presidente Milei, las actuaciones que realicen los militares serán no sólo
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invalidadas legalmente, sino también pasibles de los correspondientes procesos penales
ordinarios.
En cuanto a la experiencia comparada, mientras la Argentina propone involucrar a las
Fuerzas Armadas en la lucha contra el “narcoterrorismo”, países como México desandan ese
camino. Su ex presidente Andrés Manuel López Obrador (2018-2024) creó una fuerza
intermedia, la Guardia Nacional —que a la fecha cuenta con 120.000 efectivos—, que junto al
diseño de otras políticas públicas, contribuyó a disminuir la exorbitante tasa de homicidios que
había alcanzado el país (García, 2019).
Cuando en la década de 1980 el presidente estadounidense Ronald Reagan firmó la orden
ejecutiva que declaró a los narcóticos como una amenaza a la seguridad nacional, el gobierno
mexicano comenzó a involucrar gradualmente a sus militares en la lucha contra el narcotráfico
(Anzelini y Eissa, 2024a). El primer paso lo dio el presidente Miguel de la Madrid (1982-
1988), quien también estableció que el tráfico de drogas era un problema de seguridad nacional.
Pero el involucramiento pleno de las Fuerzas Armadas se produjo cuando el Partido Acción
Nacional (PAN) desplazó de la presidencia, tras más de 70 años de predominio, al histórico
Partido de la Revolución Institucional (PRI). Primero Vicente Fox (2000-2006) desplegó tropas
militares en Tamaulipas y el paso decisivo lo efectuó Felipe Calderón (2006-2012) al declararle
la guerra al narcotráfico. El resultado de la militarización de la seguridad en México ha sido el
aumento exponencial de la violencia medida a través de la tasa de homicidios, que pasó a ser
una de las más altas del mundo. La violencia también se expresa en datos impactantes como el
asesinato de 167 periodistas; y en la cifra récord de 99.729 desaparecidos desde 2006 (La
Nación, 2024). El involucramiento de las Fuerzas Armadas no sólo afectó su aptitud en materia
de defensa, sino que también las corrompió profundamente, como demuestra el hecho de que
algunos militares conformaron carteles de la droga como la temible organización Los Zetas.
En breve, la experiencia internacional y la teoría exhiben que la violencia se incrementará
con el desembarco de las Fuerzas Armadas en la lucha contra lo que el gobierno argentino
define como “narcoterrorismo”. Ello, como se señaló, podría venir acompañado de la
criminalización de la protesta social, tal como se hizo a fines de los ‘50 con el Plan CONINTES
(Pontoriero, 2022). El proyecto, según coinciden diversas fuentes, fue elaborado fuera del
Ministerio de Defensa siguiendo presiones internacionales y, en términos generales, concita el
rechazo entre los militares porque, según sostienen, “nos transformará en policías”, lo que
conducirá a la “desprofesionalización de las Fuerzas Armadas y a la indefensión del país”
(Anzelini y Eissa, 2024a). Desde luego, la preocupación por Malvinas, el Atlántico Sur y la
proyección antártica pasará a ser, en este contexto de policialización militar, simplemente una
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cuestión abstracta objeto de seminarios académicos, pero sin correlato alguno en las prioridades
estratégicas del Instrumento Militar de la Nación (Anzelini, 2024e).
Finalmente, cabe señalar que ante la imposibilidad de alcanzar —por el momento— la
correlación de fuerzas necesarias para el tratamiento en el Congreso del proyecto de ley de
reforma de la Ley de Seguridad Interior N° 24.059, el gobierno del presidente Javier Milei ha
lanzado una serie de medidas (proyectos de ley, decretos presidenciales y resoluciones
ministeriales) con el propósito de reinsertar escalonadamente al instrumento militar en la
gestión de la seguridad interior, más allá de la función de apoyo logístico a las fuerzas policiales
y de seguridad que la legislación vigente contempla.
Por cuestiones de espacio, no pueden ser todas ellas desarrolladas in extenso en el presente
artículo, aunque vale la pena al menos enumerar algunas por su contribución —vía
desprofesionalización y policialización militar— al proceso de “desnacionalización
estratégica” en curso: a) el proyecto original de la Ley 27.742 de “Bases y Puntos de Partida
para la Libertad de los Argentinos”, también conocida como “Ley Bases” (aprobada
definitivamente por el Congreso el 28 de junio de 2024)
6
; b) el DNU 350 del 24 de abril de
2024 (declaración de “zona militar” a la Fábrica “Fray Luis Beltrán” de la empresa
Fabricaciones Militares Sociedad del Estado)
7
; c) el Decreto 1107 del 19 de diciembre de 2024
(otorgamiento al Poder Ejecutivo de amplias facultades para definir cuáles son los “Objetivos
de Valor Estratégico” a custodiar por parte de las fuerzas federales, incluidas las Fuerzas
Armadas)
8
; d) el Decreto 1112 del 19 de diciembre de 2024 (derogación del Decreto 727/2006,
reglamentario de la Ley de Defensa)
9
; y e) la Resolución MD 347/2025 (que aprueba la
6
El proyecto de ley, que profundizaba la línea fijada en el Decreto 70/2023, contenía “delegaciones legislativas
al Poder Ejecutivo Nacional de emergencia pública en materia de […] seguridad y defensa”. La delegación no
resultaba inocua, en tanto el presidente —según la norma proyectada— podría modificar sin intervención del
Congreso de la Nación las leyes de Defensa Nacional N.º 23.554, de Seguridad Interior N.º 24.059 y de
Inteligencia Nacional N.º 25.520 y sus modificatorias, autorizando el empleo de las Fuerzas Armadas en materia
de lucha contra el narcotráfico o el terrorismo.
7
La norma que declaró como “zona militar” a la Fábrica Militar “Fray Luis Beltrán”, centro fabril integrante de
la empresa Fabricaciones Militares, contraviene el artículo 30 de la ley 23.554 de Defensa Nacional y profundiza
un camino militarizador de la seguridad pública, que podría tener como puntapié inicial a Fray Luis Beltrán, pero
terminar con la declaración de zonas militares por doquier (por ejemplo, en ciudades que el gobierno considere
tomadas por el narcoterrorismo). Para profundizar, ver Anzelini y Eissa (2024c).
8
El texto entiende por Objetivo de Valor Estratégico (OVE) a “cualquier bien, instalación o conjunto de
instalaciones fijas y las entidades materiales de vital importancia para el Estado Nacional”, bordeando así la
transgresión de lo fijado por la Ley de Seguridad Interior 24.059 respecto de la intervención de las Fuerzas
Armadas en cuestiones internas. La laxitud de la definición de los OVE queda a las claras en la norma, por lo que
el gobierno tendría carta blanca para militarizar crecientemente la seguridad pública. Ver Anzelini y Eissa (22 de
diciembre de 2024).
9
Este nuevo decreto habilita a las Fuerzas Armadas a intervenir ante agresiones de origen externo con
independencia del lugar de ocurrencia, esto es, aunque no sean perpetradas por fuerzas armadas de otros Estados
(como establecía el Decreto 727/2006). La norma no sólo violenta las leyes de Defensa Nacional y Seguridad
Interior, sino también la Resolución 3.314 (XXIX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Para ahondar
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"Operación Presidente Julio Argentino Roca" que establece un despliegue especial de las
Fuerzas Armadas en las fronteras del norte del país).
10
Conclusiones
Hemos recorrido a lo largo del presente ensayo el primer año y medio de gestión del
gobierno de Javier Milei en materia de política exterior y de defensa nacional, áreas
estrechamente asociadas de las políticas públicas. En el primero de dichos terrenos, hemos
caracterizado su política externa como de “occidentalización dogmática”, mientras que a su
política de defensa la hemos rotulado como de “desnacionalización estratégica.
La primera de estas categorías (“occidentalización dogmática”) ha sido asociada a los
siguientes ejes estructurantes: la subordinación irrestricta a la política exterior de Estados
Unidos y sus aliados; la imprudencia antirrealista; el “abandono” de la propia región; y la
carencia de narrativa sobre el orden global, el multilateralismo y los desafíos que plantea la
comunidad internacional. La segunda categoría (“desnacionalización estratégica”) ha sido
vinculada a la decisión de convertir a las Fuerzas Armadas argentinas en una guardia nacional
con funciones antidrogas y antiterroristas; a la consecuente alteración del “consenso básico”
de separación entre funciones militares y policiales; y a la subordinación a los intereses
estratégico-militares de los Estados Unidos en su puja global con la República Popular China.
Como registros de cada una de estas caracterizaciones, hemos presentado una parte de la
prolífica serie de pronunciamientos, medidas e iniciativas ejecutivas y legislativas —desde el
10 de diciembre de 2023 hasta fines de mayo de 2025— que en materia de política exterior y
defensa nacional abonaron la “occidentalización dogmática” y la desnacionalización
estratégica”. Esta enunciación no fue meramente descriptiva, sino que procuró exhibir el aporte
de cada decisión externa al debilitamiento del sistema defensivo-militar argentino y a la
alteración del ordenamiento normativo y doctrinario construido desde la recuperación de la
democracia en 1983.
Por cuestiones de espacio, nos hemos ceñido al siguiente abanico de medidas en materia
de política exterior: i) la decisión de atar el destino nacional a una potencia en relativo declive
(los Estados Unidos), sin advertir adecuadamente la envergadura de los cambios en curso en el
sistema de poder mundial; y ii) el abordaje ideologizado del vínculo con la República Popular
en este asunto, ver Anzelini y Eissa (22 de diciembre de 2024).
10
La Operación Roca dispone que las Fuerzas Armadas se involucren en tareas de seguridad en zonas fronterizas,
una situación que —según precisa el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)— “va en contra de lo que
dicen las leyes de Defensa Nacional y Seguridad Interior”. La resolución instruye la intervención militar en tareas
de vigilancia y control en zonas de frontera y el refuerzo y complemento del despliegue de las fuerzas de seguridad
y lo hace bajo normas secretas. Ver CELS (2025).
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China, en un contexto global no hegemónico y de doble dependencia de Washington y Beijing
en el plano regional. En cuanto a la política de defensa, nos hemos concentrado en las siguientes
cuestiones: i) el ingreso de la Argentina al Grupo de Contacto de Defensa de Ucrania (Grupo
Ramstein) y la solicitud de convertirse en socio global de la OTAN; ii) la subordinación a los
lineamientos y prioridades que fija el Comando Sur en el marco de la disputa global entre los
Estados Unidos y China; y iii) el proyecto de reforma a la Ley de Seguridad Interior N° 24.059
enviado por el Ejecutivo y otras decisiones conexas.
Este conjunto de iniciativas que articulan la política exterior con la política de defensa
pareciera ser sólo el puntapié inicial de una concepción estratégica de reinserción escalonada
del instrumento militar en la gestión de la seguridad interior. El impulso del gobierno libertario
al involucramiento militar operativo en tareas de seguridad irá en crecimiento con la
agudización del conflicto social, por lo que dependerá de la lucidez de la dirigencia política
opositora, de las propias cúpulas militares y de la sociedad en su conjunto el poner un freno a
las eventuales desmesuras y riesgos autoritarios que pudieran tener lugar. Son las propias reglas
del juego que se forjó la democracia recuperada las que se encuentran bajo acechanza, en un
contexto de reverberación de viejas inclinaciones autoritarias que parecían ser parte del
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